lunes 16 de septiembre de 2024

Reforma laboral e indemnizaciones: ¿Cuáles son los derechos que pierde el trabajador?

martes 20 de agosto de 2024

Desde que Javier Milei ganó el balotaje en noviembre de 2023 hasta mayo de 2024, en Argentina se perdieron 9.972 empresas y se redujo 2,69% la cantidad de trabajadores registrados en unidades productivas, con una pérdida de más de 265 mil empleos.

El informe titulado "Análisis de la dinámica laboral y empresarial”, elaborado por el Centro de Economía Política Argentina (CEPA), tomó como base la información publicada por la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) referida a la Seguridad Social. Así, abordó la cantidad de empresas entre noviembre de 2023 y mayo de 2024 y la cantidad de trabajadores en ese mismo periodo.

De acuerdo a la información, si se compara la cantidad de empleadores que declararon trabajadores entre noviembre de 2023 y mayo de 2024, se redujo de 512.357 casos a 502.385 casos, perdiéndose en total 9.972 empresas. Por otro lado, en el mismo período mencionado, se redujo 2,69% la cantidad de trabajadores registrados en unidades productivas, con una pérdida de 265.308 puestos: de 9.857.173 a 9.591.865.

Lucas Battiston, abogado especialista en derecho laboral, miembro de la Asociación Argentina de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (AADTYSS) y socio en PASBBA Abogados, analizó los cambios introducidos por la nueva Ley de Bases en materia laboral. 

En diálogo con el programa La otra mirada de FM Espacios indicó respecto de fallos dictaminados por la justicia es que "entienden que la Ley de Bases se explica de manera retroactiva, entonces despidos que ocurrieron mucho antes de que entrara en vigencia la ley, se les está aplicando, en particular en lo que hace a la derogación de las multas laborales". 

Según consideró tras la sanción de la Ley de Bases y con estos últimos fallos "no perjudica a un trabajador que fue despedido y está en un juicio laboral" ya que explicó hay tres cuestiones centrales a tener en cuenta: "La primera es que, antes de hablar de la retroactividad o no de una ley, lo que hay que entender es que las relaciones jurídicas o la extinción de una relación jurídica, no hay ninguna duda que se rige con la ley que estaba vigente al momento que ocurre el hecho desencadenante". 

Además, "es muy importante entender es que las sentencias en Argentina tienen carácter declarativo y no constitutivo del derecho". Es decir que "el juez lo que hace es declarar un derecho que una persona ya tenía". 

En tanto, el especialista aclaró que "la ley está vigente desde el 9 de julio, sin embargo, falta la regulación de distintas cuestiones. Hay algunas que no requieren ser reglamentadas y por eso están vigentes desde ese momento, y hay otras que no". Por ejemplo, la cuestión de la posible creación de un fondo de cese laboral, que tiene que ser materia de reglamentación por el Ejecutivo, no está vigente, pero, a diferencia de eso, la extensión del periodo de prueba está vigente para todas las naciones de trabajo iniciadas con posterioridad al 9 de julio". 

¿Cuáles son los derechos que pierde el trabajador con esta nueva reforma laboral? 

"Desde lo económico, el principal derecho, es la derogación de todas las indemnizaciones ocultas. Esto pone, en principio, en pie de igualdad al trabajador registrado y al no registrado", señaló. Sin embargo, advirtió que, desde su punto de vista, “es un error igualar a quien cumple con quien no cumple”. 

Lucas Battiston advirtió que a pesar de la eliminación, las multas administrativas que puede imponer el Ministerio de Trabajo en caso de detectar irregularidades siguen vigentes. 

Según su punto de vista, "posiblemente lo que va a ocurrir es que, si bien ya no van a existir las indemnizaciones tarifadas, lo que va a ocurrir es que los trabajadores no registrados o deficientemente registrados posiblemente reclamen una indemnización, ya no en base a normas que están derogadas, sino a normas del Código Civil porque hay un principio básico, el derecho que surge de la Constitución Nacional, que es la obligación de no dañar".

Por otra remarcó que una de las novedades más destacas de la reforma laborales es que limita seriamente la posibilidad del reclamo discriminatorio, porque ya no solamente no permite la reinstalación del trabajador, sino que tarifa el daño. "Un juez tiene facultad para graduar la indemnización, pero con un mínimo del 50% y un techo del 100% de la indemnización por antigüedad. En la misma línea especificó sobre una de las modificatorias que trajeron más polémica sobre hasta cuándo van a tener que trabajar las mujeres embarazadas.

"La modificación es que ahora la mujer embarazada o gestante puede trabajar hasta 10 días previo a la fecha de parto. La norma antes de la modificación decía que tenía que dejar de trabajar 30 días". 

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